Guía 2025
Nueva normativa de facturación • España • Trangest

VERI*FACTU y SIF: todo lo que debes saber

Marco legal: RD 1007/2023 (Reglamento SIF) y Orden HAC/1177/2024 (especificaciones técnicas), en desarrollo de la Ley 11/2021 (Antifraude). Última actualización: .

2 modalidades
VERI*FACTU o NO VERI*FACTU (conservación local)
QR y huella
Código QR + hash encadenado por factura
Registros de evento
Trazabilidad, firma e inalterabilidad

Objetivo

Impedir el software de doble uso y garantizar la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de la facturación de empresarios y profesionales.

Beneficios: más control interno, menos fraude, mejor auditoría y compatibilidad con facturación electrónica B2B (Ley Crea y Crece).

¿Qué es VERI*FACTU?

Es la modalidad voluntaria por la que tu sistema remite a la AEAT los registros de facturación en el momento de su generación. Alternativamente, puedes optar por NO VERI*FACTU (conservación local), siempre cumpliendo el Reglamento SIF.

  • SIF = Sistemas Informáticos de Facturación que cumplen el RRSIF.
  • VERI*FACTU = SIF que además envía registros a AEAT y añade un QR de cotejo en la factura.
Nota: Los obligados al SII suelen quedar fuera del ámbito, con matices específicos.
El software Trangest esta en la modalidad de VERI*FACTU, por lo que las facturas se enviara directamente firmadas al servidor de Hacienda.

Ámbito y a quién aplica

  • Empresarios y profesionales que expiden facturas con medios informáticos (autónomos, pymes y sociedades).
  • Productores y comercializadores de software de facturación.
  • Exclusiones y particularidades: contribuyentes SII y determinados supuestos sectoriales regulados en la Orden HAC/1177/2024.

Plazos clave (calendario oficial)

5 dic 2023 · Publicación del RD 1007/2023 (RRSIF).
17 oct 2024 · Publicación de la Orden HAC/1177/2024 (especificaciones técnicas).
1 ene 2026 · Fecha límite de adopción para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
1 jul 2026 · Fecha límite de adopción para el resto de obligados (autónomos y otros no IS).
Fabricantes software Deben ofrecer productos adaptados en los 9 meses siguientes a la entrada en vigor de la Orden (contratos de mantenimiento plurianual, mismo plazo).

* Estos plazos provienen de la modificación aprobada por el Consejo de Ministros en 2025.

Requisitos técnicos mínimos

  • Registro de alta por cada factura, firmado y con huella criptográfica encadenada.
  • Registros de evento (anulaciones, rectificaciones, etc.).
  • Inalterabilidad y trazabilidad (bitácora).
  • Exportabilidad (formatos normalizados definidos por AEAT).
  • Sin software de doble uso ni borrados encubiertos.

Modalidad VERI*FACTU

  • Remisión inmediata de registros a la AEAT.
  • Inclusión en factura de QR con URL de cotejo.
  • Posibilidad de verificación por el cliente y por la AEAT.
Ventaja: mayor presunción de integridad y simplificación de comprobaciones.

Modalidad NO VERI*FACTU

  • Conservación local de registros cumpliendo el RRSIF.
  • Firma, hash encadenado y exportación bajo requerimiento.
  • No se envían datos en tiempo real.

La factura y su contenido (puntos destacados)

  • QR obligatorio en modalidad VERI*FACTU.
  • Identificadores de registro y encadenamiento.
  • Campos mínimos y formatos conforme a Orden HAC/1177/2024.
  • Facturas simplificadas: también dentro del ámbito del RRSIF.

Sanciones y cumplimiento

El incumplimiento de los requisitos (integridad, trazabilidad, etc.) y la tenencia de programas que permitan contabilidad paralela puede conllevar sanciones. Asegura versiones homologadas y políticas de seguridad.

Consejo: evita desarrollos caseros sin revisar; exige a tu proveedor documentación de conformidad con RD 1007/2023 + Orden HAC/1177/2024.

FAQ rápidas

¿Es obligatorio VERI*FACTU?

No. Es una modalidad válida. También puedes cumplir conservando los registros en tu sistema (NO VERI*FACTU) siempre que tu SIF respete el RRSIF.

¿Tengo que cambiar mis facturas?

Sí: tu software debe generar registros firmados y, si eliges VERI*FACTU, incorporar un QR con la URL de cotejo.

¿Cómo encaja con la factura electrónica B2B?

Son marcos distintos y complementarios: VERI*FACTU garantiza cómo generas y custodia tu facturación; la e‑factura (Ley Crea y Crece) regula el intercambio B2B.

¿Y si uso SII?

En general, el ámbito es distinto y puede haber exclusiones específicas. Revisa tu caso (gran empresa, REDEME, grupos de IVA).

Buenas prácticas

  • Exige a tu proveedor declaración de conformidad y guías técnicas.
  • Versionado y logs inmutables con auditoría.
  • Separación de roles y control de acceso.
  • Backups verificables y exportaciones de prueba.
Recuerda incluir a TPV, comercio online, facturas simplificadas y rectificativas en el alcance.

Enlaces oficiales y documentación